La reforma, aprobada por el Senado la noche del miércoles, reduce de 1,250 a 1,000 el número de semanas de cotización para recibir las prestaciones por vejez y aumenta a partir de 2023 la aportación total a la cuenta de retiro de los trabajadores de 6.5% a 15%.
Se incrementa a partir de 2023 la aportación total de la cuenta individual de los trabajadores de 6.5% más cuota social a 15% incluyendo la cuota social. Estos cambios se incorporarían en el artículo 168 de la ley antes mencionada y se derivan ajustes en los artículos 139, 159, 165 y 218.
“La aportación que realizan los trabajadores se mantiene en sus términos y la aportación patronal se eleva de 5.15% a 13.87%, mientras que la aportación del Estado modifica su composición para beneficiar sólo a los trabajadores de menores ingresos sin incrementar su monto total”, detalla el documento.
Además se aumenta el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos para gozar de las prestaciones de cesantía y vejez, no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor a dicho monto.
La modificación a la ley del Seguro Social y de los sistemas de ahorro para el retiro de México también puso un tope a las comisiones que las administradoras de dichos fondos (Afores) cobran por manejarlos.
OTROS PAÍSES
Legisladores aprobaron una comisión máxima del 0.54%, basada en el promedio de los sistemas de Chile, Colombia y Estados Unidos. El promedio actual de la comisión en el mercado mexicano de Afores es de 0.92%.
EN RESUMEN
1.- Menos semanas de cotización
Ahora el número de semanas acumuladas que se requieren para gozar de las prestaciones de los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez pasen de mil 250 a mil en total. Esto quiere decir que antes podrías tardar 25 años para recibir una pensión, ahora serán 15 años.
2.- Patrones deberán aportar más
Se propuso incrementar a partir de 2023 la aportación total de la cuenta individual de los trabajadores de 6.5% más cuota social a 15% incluyendo la cuota social. Estos cambios se incorporarían en el artículo 168 de la ley antes mencionada y se derivan ajustes en los artículos 139, 159, 165 y 218.
3.- Trabajadores que menos ganan recibirán el 68% de salario para pensión
Aumentará el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos para gozar de las prestaciones de cesantía y vejez, no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor a dicho monto.
“Por ello, se plantea reformar el artículo 170 a fin de modificar la forma de determinar el monto de dicha pensión, que actualmente puede ser de hasta 3,289 pesos, para que en lo sucesivo se calcule considerando la semanas de cotización; el promedio del salario base de cotización que el trabajador obtuvo durante su vida laboral; y la edad del trabajador”, precisaron.