De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de asueto son aquellas fechas conmemorativas en las que los trabajadores o empleadores pueden tomar un descanso de los deberes.
Según el calendario de este año, el primer puente del 2023 está registrado para el sábado 4 de febrero y concluirá hasta el lunes 6. Un descanso de 3 días para las y los trabajadores que buscan un respiro. Una fecha en conmemoración de la promulgación de la Constitución de 1917, firmada el cinco de ese mismo mes.
El segundo puente se dará del sábado 18 de marzo al lunes 20 para celebrar el natalicio de Benito Juárez. Por último, el tercer descanso largo se registrará del 29 de abril al primer lunes del 1º de mayo en motivo del Día Internacional de los Trabajadores.

Sin embargo, para los estudiantes los puentes y descansos son mayores que los establecidos para los trabajadores. Paras aquellas aulas públicas o escuelas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP), las vacaciones de fin de año aún continúan una semana más, después de que la dependencia anunciara que la fecha de inicio sería hasta el lunes 9 de enero del 2023 y no este 2 como se había propuesto.
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De acuerdo con el articulo 74 de la Ley Federal del Trabajo, si los días de asueto no son tomados como descansos, las empresas deberán de pagar tal fecha al doble del salario estimado por día además de una prima dominical del 25 por ciento.
En caso de que estas condiciones no sean cumplidas el trabajador podrá levantar una queja en el Tribunal de Justicia que emitirá una acta ante la empresa o el patrón.