Morena presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa para reformar la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, presentada por el diputado Manuel Alejandro Robles Gómez.
La adición planteada por el morenista contempla la manera en la que se tendría que actuar, desde las instituciones, cuando se compruebe la comisión de plagio. Para ello, define el plagio como “la apropiación indebida que se realice de ideas, manifestaciones, escritos u obras ajenas con el fin de presentarlas como propias”.

Concretamente, el proyecto de reforma aborda el asunto del plagio en los trabajos realizados con la finalidad de obtener el título y la cédula profesional. Se propone que, ante la sospecha de un posible plagio académico, debe ser la Dirección General de Profesiones (DGP), así como las autoridades universitarias que emitieron el documento, quienes realicen una “investigación exhaustiva” para determinar si existió una apropiación indebida de ideas, además de que se garantizar el derecho de audiencia de la persona inculpada.
No obstante, según se especifica en la iniciativa del diputado, las facultades de la DGP para anular el registro del título profesional y revocar la cédula de ejercicio con efectos de patente prescribirán después de cinco años a partir de la emisión de los documentos.
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En otras palabras, desde el momento en que se emite un título o cédula profesional, las autoridades universitarias sólo tendrán un plazo de cinco años para anularlos en caso de que se compruebe la existencia de plagio. Transcurrido ese periodo, no habría manera de imponer dicha sanción.
Si dicha ley fuera aprobada por el Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación para entrar en vigor, las autoridades universitarias se verían imposibilitadas, por ejemplo, para revocar el título de la ministra Yasmín Esquivel, dado que fue emitido el 5 de noviembre de 1987.