La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves inconstitucional una reforma que redujo en el Congreso de Tabasco las diputaciones locales de representación proporcional, mejor conocidas como “plurinominales”.
Con ocho votos a favor y uno en contra, el Pleno de la Corte invalidó la norma aprobada en agosto de 2021 a la Constitución de Tabasco, con la cual para las elecciones estatales en 2024 los plurinominales ya no serían 14, sino ocho, dejando sin cambios las 21 curules por elección de mayoría.
Cabe mencionar que esta iniciativa impulsada por el ex gobernador del estado, Adán Augusto López, hoy secretario de Gobernación (Segob) y uno de los aspirantes de la Cuarta Transformación (4T) para suceder al presidente Andrés Manuel López Obrador, con el argumento de “generar un ahorro” de más de tres millones de pesos anuales.
Sin embargo, fue calificada como antidemocrática, pues prácticamente garantizaba a Morena el control absoluto del Congreso e impedía a la oposición impugnar leyes aprobadas por la mayoría.
“Las minorías se verían avasalladas con este modelo de integración del Congreso”, afirmó en su turno la presidenta del máximo tribunal, Norma Piña.
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Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez, autor del proyecto, explicó que el problema en Tabasco no es haber reducido el total de diputados, sino reducir sólo el de plurinominales.
Una vez declarada la invalidez, la Corte ordenó que vuelva a estar vigente la versión anterior del artículo 12 de la Constitución de Tabasco, que preveía la integración de 35 diputados con 14 plurinominales.